Todo lo que debes saber sobre los derechos laborales de los discapacitados en España

¿Quieres saber cuáles son los derechos laborales que tienen los discapacitados en España?… Hoy lo sabrás.

En la actualidad la vida de las personas que padecen de una discapacidad ha mejorado mucho en distintos ámbitos. Es así como cada día se implementan disposiciones para lograr una sociedad inclusiva, donde las personas discapacitadas tengas mayores facilidades en su vida diaria y puedan contar con facilidades en el ámbito laboral y educación.

En el presente artículo vamos a centrarnos en el aspecto laboral, haciendo un análisis de algunos de los puntos más relevantes de los derechos en el trabajo.

Ventajas laborales que tienen las personas discapacitadas

Indice de contenido

Todas las personas que enfrentan alguna discapacidad reconocida, tienen a su disposición una cantidad de plazas reservadas para el empleo. De hecho, todas aquellas empresas que tienen 50 o más trabajadores tienen que asegurar un mínimo del 2% de su plantilla con empleados que padezcan de alguna minusvalía acreditada.

La Ley General de los Derechos de las personas con Discapacidad, establece, que las personas discapacitadas estarán resguardadas por las administraciones públicas, y por esta razón, aparte de los derechos que tiene cualquier trabajador, también tendrán derecho a la igualdad y la ilustración laboral ya que pueden ser más susceptibles a sufrir de alguna clase de exclusión.

Así mismo, a las compañías que mantengan en sus plantillas a personas discapacitadas, les será aplicada una deducción adicional en el coste del impuesto de la renta.

La adaptación del puesto de trabajo por discapacidad

En el Estatuto de los trabajadores se establece la adaptación del puesto de trabajo por discapacidad, como un derecho fundamental en resguardo de la integridad física y una política correcta de seguridad e higiene.

Además, el artículo 15.d) de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, establece que la empresa debe adaptar el puesto de trabajo al contrato, motivo por el cual el empresario está obligado a adecuar el sitio de trabajo de la persona discapacitada de acuerdo a sus circunstancias personales.

De hecho, hay algunas ayudas para llevar a cabo esta adecuación las cuales se encuentran reguladas en el Real Decreto 1451/1983 y las cuales, de no ser solicitadas por la empresa, pueden ser solicitadas por el mismo trabajador.

Horas que puede trabajar una persona discapacitada

En el Estatuto de los Trabajadores no se encuentra estipulada una jornada especial para las personas discapacitas, por lo que, si alguna persona tiene en mente hacer una reducción de su jornada basándose en su discapacidad, de acuerdo a la ley, no habría causa legal para esto.

Solamente si las personas llegan a acreditar con documentación médica que en vista de su estado de salud resulta conveniente reducir su jornada laboral, esta podría solicitar al empleador la reducción y si esto no la realiza, puede solicitar la extinción causal del contrato laboral basado en lo estipulado en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.

Todos los beneficios de la discapacidad del 33%

Poder instalar una ayuda salvaescaleras puede llegar a ser algo difícil para esas personas que no cuentan con los recursos económicos necesarios para hacer. Sin embargo, hay diversas prestaciones económicas que van dirigidas a esas personas que sufren de una discapacidad reconocida del 33%.

Al obtener el certificado de discapacidad, se adquieren una variedad de recursos económicos, los cuales abarcan desde ayudas económicas específicas hasta beneficios fiscales, las cuales ayudan a compensar las desventajas sociales que la discapacidad puede implicar, ofreciendo al usuario prestaciones y derechos para poder equiparar oportunidades.

A continuación, te hablaremos sobre las bonificaciones en España e información de interés relacionada con la jubilación y las pensiones.

Certificado de Minusvalía del 33%

La regulación del porcentaje de discapacidad está establecida en el Real Decreto 1971/1999 determinando de esta forma quien tiene derecho a solicitar el certificado de discapacidad, cuya obtención otorga a quien lo obtiene el acceso a diversas prestaciones económicas sociales, laborales y fiscales.

Para hacer dicha valoración se toma en consideración las limitaciones físicas y/o psíquicas de la persona y teniendo en cuenta de igual forma los factores socioeconómicos del solicitante. Así mismo los Equipos de Valoración y Orientación (EVO), conformados por un psicólogo, un médico y un trabajador social, son los que se encargan de establecer el grado de incapacidad de la persona.

Beneficios fiscales de la discapacidad del 33%

Seguidamente podrás ver en detalle cuales son algunos de los beneficios a los que tiene acceso una persona con discapacidad igual o superior al 33%.

  1. Deducciones sobre el IRPF: las personas que sufren una discapacidad reconocida del 33%, dependiendo de la normativa establecida en cada Comunidad Autónoma, tienen la opción de aplicar a deducciones sobre la cuota autonómica en su IRPF.
  2. Ayudas en educación: las personas con padecimiento de una minusvalía superior al 33%, pueden solicitar ayudas económicas para la adquisición de libros de textos, ayudas para transporte o pago del comedor. De igual forma, se ofrecen becas de educación especial y reservas en plazas de acceso a la universidad.
  3. Adaptación de vivienda: pueden solicitarse ayudas para facilitar la adaptación de la vivienda y vehículos para el desarrollo de la autonomía persona. Aquí entran en juego las ayudas para instalación de sillas y plataformas subeescaleras, elevadores y demás soluciones para la accesibilidad.
  4. Viviendas de protección oficial: están las ayudas para la adquisición de viviendas de protección oficial, lo que abarca tanto la subvención de los intereses del préstamo que se haya solicitado para esta, como ayudas para la entrada, que variarán de acuerdo al plan de vivienda a que se acoja el beneficiario.
  5. Plazas reservadas para el empleo: en cuanto al ámbito laboral, estas personas tienen una cantidad de plazas reservadas de empleo, así las empresas con 50 o más trabajadores tienen la obligación de que un 2% de su plantilla esté constituida por personas minusválidas.
  6. Ayudas para vehículos: reducción o excepción en el impuesto de matriculación, quedando exentos de pagar el impuesto municipal de circulación. De igual forma disponen de una reducción del IVA para la reparación y adquisición de vehículos. Así mismo, independientemente del 33% los discapacitados que llegan a entrar en el baremo de movilidad reducida, tienen la opción de solicitar la tarjeta de aparcamiento para estacionar en plazas reservadas.
  7. Descuentos en el transporte público: pueden solicitar abonos para hacer viajes en el transporte público a un menor precio, aún cuando el grado de minusvalía puede variar de acuerdo a cada comunidad autónoma.
  8. Descuentos en cultura y ocio: hay diferentes descuentos en cultura y ocio, y hasta entradas gratis tanto en instituciones públicas como privadas.
  9. Pago en equipos médicos: pueden hacer la solicitud del pago total o parcial del equipo médico que requieran, como sillas de rueda o prótesis. Dicha ayuda estará determinada por el grado de incapacidad, su renta y del estado de su unidad familiar.

De la jubilación de las personas discapacitadas

De acuerdo con la normativa, las personas discapacitadas tienen derecho al disfrute de pensiones por jubilación de forma anticipada, aún cuando esto depende del grado de discapacidad que acrediten. De igual forma, deben haber cotizado un mínimo de 15 años.

A así mismo, aquellas personas discapacitadas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior a un 65%, se les aplicará una reducción de un cuarto de año por cada año cotizado a la Seguridad Social. Ahora, si además de acreditar este grado de minusvalía, llega a demostrar que necesitan de la ayuda de otra persona para llevar a cabo sus actividades principales de la vida, la reducción pasa a ser de medio año por cada año trabajado.

Si el grado de discapacidad está comprendido entre el 45% y el 64%, puede optar a la jubilación anticipada a los 56 años de edad.

Sobre la pensión no contributiva de discapacidad

En este caso no hace falta haber cotizado para disfrutar de una prestación económica. Así los beneficiarios de estas pensiones no contributivas deben cumplir con una serie de requisitos:

  • No tener suficientes ingresos, es decir, cuando los ingresos o rentas de que disponen, en cómputo anual, sean menores a los 5.488 euros anuales.
  • Deben acreditar un grado de invalidez superior al 65% y vivir en el territorio español por lo menos durante cinco años, durante los cuales 2 de estos deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Deben tener 65 años o más y haber vivido en el territorio español durante por lo menos diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 de estos deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Incapacidad permanente total

Esta se determina cuando el trabajador no puede llevar a cabo su pensión por presentar problemas de enfermedad, incapacidad temporal o a consecuencia de un accidente.

El único órgano facultado para hacer la declaración o denegar la incapacidad permanente es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), pero en el caso de Cataluña es efectuada la valoración médica por el SGAM, aportando esta valoración médica una cantidad de prestaciones económicas que van ligadas al grado de la discapacidad.

El monto de la pensión de este tipo de incapacidad se logra aplicando un porcentaje a la base reguladora que corresponda, de acuerdo a la causa que origina la incapacidad. Así mismo, dependiendo del grado de discapacidad permanente, de igual forma se afectarán las cuantías a ser recibidas.

Seguidamente se detallan cada uno de los grados de incapacidad permanente que existen actualmente:

  • Incapacidad permanente parcial en el desempeño de la profesión: esta se le reconoce a aquellos trabajadores que pueden seguir trabajando, pero con una disminución del rendimiento al momento de llevar a cabo las tareas fundamentales superior a un 33%.
  • Incapacidad permanente total para desempeñar la profesión habitual: se le reconoce a las personas que sufren una enfermedad o lesión que los inhabilita para poder llevar a cabo las tareas fundamentales de su profesión.
  • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: en este caso el trabajador esta imposibilitado para realizar ninguna actividad laboral.
  • Gran invalidez: es el grado máximo de incapacidad a nivel de limitaciones funcionales. Aparte de lo ya explicado sobre la incapacidad absoluta, a la persona que le es reconocida este grado requiere de la asistencia de otra persona para poder desempeñar su vida diaria.

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